Papeleo tras dar a luz

Esta entrada solo la voy a hacer en castellano, ya que está orientado a gente que viva en España, y entiendo que cada país tendrá sus propios procedimientos y administraciones.

Tener un hijo es super entretenido administrativamente, sobre todo si vivís en una ciudad grande, yo que vivo en una ciudad pequeña (15000 habitantes) en dos mañanas pude hacer todos los papeles, pero vaya, que tampoco hace falta hacerlo todo corriendo nada más salir del hospital, pero si que es interesante tener claro cuáles son los pasos a seguir y dónde hacerlos :)

Preparaos una buena carpeta porque la vais a necesitar :)


Partimos de los documentos que nos van a dar a la salida del hospital:

 - Documento de identificación sanitaria.
 - Cuestionario para la Declaración de Nacimiento (lo necesitaremos para el Registro Civil)
 - Informe médico del alta del bebé.
 - Informe médico del alta de la madre (lo necesitaremos para la baja por maternidad)
 - Cartilla de vacunaciones 



Centro de Salud:

Tendremos que pedir cita con el médico de cabecera para que nos expida el Informe de maternidad,  tenemos que ir con los papeles que nos dan a la salida del hospital. Actualización: Donde yo vivo, este informe actualmente nos lo da el hospital, ya no lo da el médico de cabecera, así que si salís del hospital con ese informe, esa visita que os evitáis.

El Informe de Maternidad son tres copias, una para el trabajador, otra para el INSS y otra para la empresa.


Registro Civil:

Hay que registrar al recién nacido en los 8 días siguientes al parto, hay excepciones, supongo que relacionadas con problemas de salud del bebé, pero en caso normal, 8 días.

Hay que llevar el Libro de Familia (si lo teneis), los DNI del padre y de la madre y el Cuestionario para la Declaración de Nacimiento que os entregaron en el hospital. A tener en cuenta, si estamos casados, este trámite lo puede hacer uno de los progenitores, si no, tendrán que ir ambos.


Empresa:

Decíamos que el Informe de Maternidad eran tres copias, pues bien el original de la copia para la empresa tendremos que llevárselo para que nos preparen el Certificado de Empresa y la documentación que tendremos que llevar al INSS para tramitar la baja.


Seguridad Social:

Cuando ya tengamos la inscripción en el Registro Civil tendremos que ir con el Certificado de Inscripción en el Registro Civil y la Cartilla de la Seguridad Social del progenitor con el que se pondrá al bebé (obviamente, si ambos están dados de alta en la S.S. cualquiera de los dos vale, si solo está afiliado uno, tendrá que ir en la tarjeta de ese progenitor) a la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Ya que estamos en la oficina del INSS, aprovechamos el viaje para  solicitar las prestaciones de baja por maternidad y por paternidad si trabajais. Para esto tenemos que cumplimentar un formulario que nos darán y llevarles DNI, documentación de la cotización, informe de maternidad  y libro de familia o certificado de inscripción en el registro civil.

Nota: Veo en la página de Nutribén, que también hay que llevar las copias de las últimas 3 nóminas, cuando me tocó hacer esto con Supernene, eso no hacía falta (para eso tienen acceso a nuestras cotizaciones) pero bueno, por si acaso y ya que llevamos la super-carpeta, cuesta poco llevarlas...


Centro de salud (si, otra vez)


Tras dar al bebé de alta en la oficina del INSS, hay que ir al ambulatorio para solicitar su Tarjeta Sanitaria, tarda unos días en llegar, pero con la solicitud se puede pedir ya cita con su pediatra.


Padrón Municipal

Hay municipios donde se realiza el alta en el padrón municipal automáticamente desde el Registro Civil, donde yo vivo, no... Lo mejor, preguntar en el Registro y si no lo hacen automáticamente toca viajecito al Ayuntamiento del municipio donde querais empadronarlo (y donde al menos uno de los padres esté empadronado) con el Certificado del Registro Civil o el Libro de Familia.


Agencia Tributaria

Si sois madres trabajadoras, durante los tres primeros años de vida del peque, tenemos derecho a una deducción por maternidad de 100€ al mes que nos ingresarán a mes vencido. Solo tendremos que acercarnos a una oficina de la Agencia Tributaria para pedir el formulario o descargárnoslo desde su página web.
Documentación que necesitaremos: NIF, nº de cuenta para que realicen los ingresos, nº de seguridad social de la madre (os recuerdo que esto solo es para las mamás trabajadoras), importe de la casilla 681 de la última declaración de la renta, y el libro de familia.


  
 Visto en Nutriben.es


Pues esto es todo, lo dicho, un rollo si tienes que ir cruzando una ciudad de punta a punta y sobre todo si no tienes el cuerpo para mucha salsa, peeerooooo, es lo que hay ;)

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